domingo, marzo 30, 2008

Un poquito de La Carta de Panamá

'Yo me apoyaré en ti y tú en mí, así todo estará bien.'
---Dave Matthews Band

López Michelsen y el Tratado de Montería

CARLOS GUEVARA MANN

Opinión

La Prensa, 25 de julio de 2007
Con motivo del fallecimiento del ex presidente colombiano Alfonso López Michelsen, ocurrido el 11 de julio último, algunos colaboradores del régimen militar alabaron las ejecutorias de aquel mandatario y, en particular, sus gestiones conducentes a la firma del antinacional Tratado de Montería, suscrito el 22 de agosto de 1979 entre Colombia y la ilegítima tiranía torrijista. Dicho tratado renovó la entrega, a Colombia, de derechos de paso por el Canal de Panamá, concedidos inicialmente por Estados Unidos en el Tratado Thompson-Urrutia de 1914.

Mediante el Tratado de 1914, el Gobierno de Washington pagó a Colombia 25 millones de dólares por la "pérdida" de Panamá (como si Panamá alguna vez hubiese sido "propiedad" de Colombia) y le concedió a aquella República, entre otras prerrogativas, la de "transportar en todo tiempo por el canal interoceánico sus tropas, material de guerra y buques de guerra, aún en caso de guerra entre Colombia y otro país, sin pagar ningún derecho a Estados Unidos" (Art. II, numeral 1).

Las disposiciones de dicho tratado (que además fijó arbitrariamente los límites territoriales entre Panamá y Colombia, en detrimento nuestro, por supuesto) son de lo más ofensivas a la dignidad panameña. En 1914, no le quedó a Panamá más remedio que tolerarlas, pues frente a la dominación que Estados Unidos ejercía en nuestro país en los años iniciales de la república, poco o nada era lo que podíamos hacer. En aquel momento, Estados Unidos deseaba superar diferencias con Colombia y, a tales efectos, usó a Panamá y a su Canal interoceánico como comodín. (Al mejoramiento de las relaciones colombo-estadounidenses también contribuyó, sin lugar a dudas, el aludido soborno de 25 millones de dólares, que el Gobierno de Bogotá indignamente aceptó).

Si en 1914 había una razón de fuerza mayor (razón moral nunca existió) para que Panamá aceptase la entrega, a Colombia, de derechos de paso por el Canal, en 1979 no existía justificación alguna para que Panamá reconociese y renovase las prerrogativas otorgadas por Estados Unidos a Colombia 65 años antes, a pesar de lo que señaló en La Prensa (16 de julio) Jorge Ritter Domingo. Sobre el particular, escribió Ritter Domingo: "Cada vez que Panamá y Estados Unidos se aproximaban a una solución [al problema canalero] surgían los derechos de Colombia como un obstáculo insalvable, puesto que el Gobierno colombiano le había expresado de manera terminante a Estados Unidos que sus derechos debían ser salvaguardados en cualquier acuerdo que firmara con Panamá".

Un Gobierno panameño comprometido con el interés nacional hubiese rechazado contundentemente las atrevidas pretensiones del Gobierno colombiano, por lesivas a la soberanía panameña y contrarias a la neutralidad del Canal, causas históricas de la Nación istmeña. Pero en vez de enfrentar con firmeza las demandas bogotanas, el dictador Torrijos acordó con López Michelsen -según nos explicó Ritter Domingo- que los privilegios colombianos no se incluyeran en los tratados de 1977 "a cambio de que una vez recuperado el Canal le fueran reconocidos" por Panamá en un arreglo aparte. De esa manera, fue la propia dictadura panameña (en vez del Gobierno estadounidense) la que accedió al menoscabo de la soberanía nacional en el Tratado de Montería, magna obra de López Michelsen. ¿Es éste un capítulo histórico que merece ensalzamiento? ¡De ninguna manera!

En su panegírico a López Michelsen, Ritter Domingo no comentó a las groseras presiones del ex presidente colombiano, quien de manera irrespetuosa exigió a Panamá la ratificación del Tratado de Montería. Tampoco se refirió al exabrupto cometido por la Guardia Nacional torrijista, la cual irrumpió en el recinto de la Asamblea Nacional de Representantes de Corregimientos para aconductar a los miembros de esa corporación que se oponían al Tratado de Montería y obligar a los representantes a aprobar dicho convenio, para así cumplir con los compromisos políticos adquiridos por el tirano Torrijos con López Michelsen. Sobre el particular y para mayor ilustración de este suceso vergonzoso, conviene citar al ilustre jurisconsulto panameño, Dr. Carlos Bolívar Pedreschi, quien en su obra Panamá: Visión política y testimonial de su drama (1993), señala lo siguiente:

"Es conocido que la Asamblea Nacional de Representantes de Corregimientos no quería aprobar el Tratado de Montería, al extremo que dejó expirar su período ordinario de sesiones sin considerar siquiera dicho tratado. Pero asimismo es conocido todo el asedio de que fue objeto la Asamblea Nacional de Representantes de Corregimientos por parte del poder militar, no obstante el claro e inmediato parentesco que la une a esa institución, para violar la intimidad de sus verdaderos sentimientos políticos y obligarla, con el despliegue de fuerza que el país pudo observar por prensa y televisión, a convocar, primero, a una sesión extraordinaria para tratar lo que no quiso tratar en sus sesiones ordinarias y conminarla, luego, a que finalmente consintiera en lo que no quería consentir: la aprobación del Tratado de Montería".

López Michelsen pudo ser un gran político colombiano. Pero en lo referente al Canal de Panamá, indudablemente actuó en defensa de los intereses de Colombia y en daño de los nuestros. Todo parece indicar que los vínculos que algunos personajes del PRD han mantenido con gente de todas las calañas en Colombia han influido para que aplaudan hasta las injustificadas exigencias y el abusivo proceder de los gobiernos colombianos hacia nuestro país.

El autor es catedrático de ciencias políticas y fue director general de Política Exterior-----

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COMENTARIO DE "LA CARTA DE PANAMA"

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Lo que apunta el autor del artículo, es algo que el gobierno actual prefiere no tocar. Mas bien, creo, trata de ocultarlo.

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El tiempo borra las huellas de lo que no se atiende. A estas alturas solamente los estudiosos saben, alguno más, algunos menos, el origen de este tratado y sus efectos en el curso de su vigencia, la cual, como verán, es perpetua.... No dejen de leer este y las proximas emisiones de esta misma serie identificadas con el nombre de MONTERIA.

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Primer asedio al Tratado de Montería

El atrevido y ominoso Tratado Thompson-Urrutia de 1914, celebrado contra la dignidad, la soberanía y la integridad territorial de la Patria panameña, entre Estados Unidos de América y la Nueva Granada, ese país que desde 1886 se hace llamar República de Colombia, usurpando un nombre que no le corresponde, dice, entre otras cosas, lo siguiente:

La República de Colombia y los Estados Unidos de América, deseando remover todas las divergencias provenientes de los acontecimientos políticos ocurridos en Panamá en noviembre de 1903; restaurar la cordial amistad que anteriormente caracterizó las relaciones entre los dos países, y también definir y regularizar sus derechos e intereses respecto del Canal interoceánico que el Gobierno de los Estados Unidos está construyendo a través del Istmo de Panamá, han resuelto con tal propósito celebrar un Tratado, y en consecuencia han nombrado Plenipotenciarios suyos...

Quienes, después de haberse comunicado sus plenos poderes respectivos, que fuesen hallados en buena y debida forma, han convenido en lo siguiente:

Artículo I

El Gobierno de los Estados Unidos de América, deseoso de poner término a todas las controversias y diferencias con la República de Colombia proveniente de los acontecimientos que originaron la actual situación del Istmo de Panamá, en su propio nombre y en nombre del pueblo de los Estados Unidos, expresa sincero sentimiento por cualquier cosa que haya ocurrido ocasionada a interrumpir o alterar las relaciones de cordial amistad que por tan largo tiempo existieron entre las dos naciones.

El Gobierno de la República de Colombia, en su propio nombre y en nombre del pueblo colombiano, acepta esta declaración en la plena seguridad de que así desaparecerá todo obstáculo para el restablecimiento de una completa armonía entre los dos países.

Artículo II

La República de Colombia gozará de los siguientes derechos respecto al Canal Interoceánico y al ferrocarril de Panamá:...

Artículo III

Los Estados Unidos de América convienen en pagar a la República de Colombia, dentro de los seis meses siguientes al canje de las ratificaciones de este Tratado, la suma de veinticinco millones de pesos (25.000.000) oro, en moneda de los Estados Unidos.

Artículo IV

La República de Colombia reconoce a Panamá como nación independiente, y conviene en que los límites entre los dos Estados sean tomando como base la Ley colombiana de nueve de junio de 1855, los siguientes:...

En consecuencia de este reconocimiento, el Gobierno de los Estados Unidos, tan pronto como sean conjeadas las ratificaciones de este Tratado, dará los pasos necesarios para obtener del Gobierno de Panamá el envío de un Agente, debidamente acreditado, que negocie y concluya con el Gobierno de Colombia, un tratado de paz y amistad...

Artículo V

....

Hecho en la ciudad de Bogotá el día seis de abril del año de Nuestro Señor de mil novecientos catorce.

He aquí, pues, un tratado que prosigue una historia de traiciones y despojos que se inicia en 1846, con el Tratado Mallarino-Bidlack, entre Estados Unidos de América y la Nueva Granada, ese país que desde 1886 se hace llamar Colombia, usurpando un nombre que no le corresponde, falseando así toda la historia hispanoamericana.

A ver, ¿cuáles son esas "divergencias provenientes de los acontecimientos políticos ocurridos en Panamá en noviembre de 1903" entre Estados Unidos y la Nueva Granada? ¿Y cuáles son "sus derechos e intereses respecto del Canal interoceánico" de ese país que usurpa y usufructúa el noble nombre de Colombia, y de dónde le vienen?

Los 'acontecimientos políticos ocurridos en Panamá en noviembre de 1903' no son otros sino la seperación de Panamá, en un acto justo y oportuno en el ejercicio de su soberanía, de la Nueva Granada, país éste que, en 1846, arteramente, en complicidad con Estados Unidos de América, se había apoderado de Panamá. Fue Estados Unidos quien, en 1846, por el Tratado Mallarino-Bidlack, le inventó a la Nueva Granada unos supuestos derechos, soberanía y propiedad, sobre la Patria panameña, al precio de otorgarle a Estados Unidos la intervención permanente en Panamá.

Y los pretendidos derechos e intereses de la Nueva Granada en el Canal interoceánico, son las reclamaciones del traidor por haber actuado unilateralmente Estados Unidos en la asociación criminal de 1846. Al final, Estados Unidos le concedió a la Nueva Granada cuantiosas prebendas en dinero, tierras panameñas continentales e insulares y prerrogativas en el Canal y en el ferrocarril, a costa de la Patria panameña.

Aquí se debe recordar que Panamá no perteneció nunca a la Nueva Granada. Y si Panamá no perteneció nunca a la Nueva Granada, ¿de dónde le vienen a este país sus pretendidos derechos sobre Panamá y el Canal? ¿Sobre qué títulos, qué principios, que reciprocidad, basa la Nueva Granada esa enfermiza pretensión de 'soberanía y propiedad' sobre la Patria panameña?

'Minimperialista' llama Nicaragua a la actual Colombia; en realidad, un espantapájaros de Estados de Unidos de América. 'Acontecimiento político también, ocurrido en Panamá en 1903', fue la proclamación de la Segunda República Independiente. La primera, como se sabe, se estableció en 1840, con Tomás Herrera, al grito de: Federación o Independencia, y sin la presencia de gringos. Los gringos los introdujo en Panamá, oficialmente en 1846, la Nueva Granada, mediante el alevoso Tratado Mallarino-Bidlack.

Conviene reproducir a este propósito algunos párrafos de Justo Arosemena de su ensayo de 1855

El Estado Federal de Panamá: "Quede, pues, para nosotros solos la gloria de nuestra emancipación (de España), quede la de habernos unido a Colombia (la verdadera, la única), cuyo esplendor nos deslumbró y cuyo derecho sobre el Istmo era ninguno... Por lo demás, creo que no podrá cuestionársenos el derecho de poner condiciones, a la incorporación a Colombia; las impusimos, y una de ellas fue que tendría el Istmo su gobierno propio... Oigamos cómo se expresaron los principales vecinos de Panamá, al declarar su voluntad soberana, en circunstancias de haber cesado todo vínculo político que los ligara a la República de Colombia (en 1830), y aún no haberse creado lo que más tarde les unieron a la de Nueva Granada (en 1831)... porque Colombia había desaparecido y la Nueva Granada aún no existía como nación... La naturaleza dice que allí comienza otro país, otro pueblo, otra entidad, y la política no debe contrariar sus poderosas e inescrutables manifestaciones... Cuando el Istmo se emancipó de España, quedó por el mismo hecho dueño de todas las cosas que habían pertenecido al Gobierno peninsular, y al recobrar su soberanía, bien que con leves restricciones, debe asimismo recobrar todo lo que hace parte de aquel territorio..."

Sin embargo, lo más escandaloso en esta historia deleznable de mentiras y ocultamientos, de intervenciones y ocupaciones, consiste en su continuación por el Tratado de Montería, de 1979, tratado por el cual el general Omar Torrijos Herrera transfiere a Panamá el pago que Estados Unidos cumplía con la Nueva Granada por su deslealtad y chantaje contra la Patria panameña.

He aquí, fragmentariamente, el texto de ese degradante Tratado de Montería:

Los Gobiernos de las Repúblicas de Panamá y de Colombia, teniendo presente la Declaración Conjunta suscrita en la ciudad de Panamá, por el Jefe de Gobierno de Panamá y los Presidentes de Colombia, Costa Rica y Venezuela, el 24 de marzo de 1975, y

Considerando los tradicionales lazos de franca y cordial amistad existentes entre los gobiernos y pueblos de Panamá y Colombia;
....
Considerando que la República de Colombia, en virtud del Tratado suscrito con los Estados Unidos de América en el año 1914, ha venido ejerciendo tradicionales derechos de tránsito a través del Canal;

Que en el párrafo 2 del artículo VI del Tratado concerniente a la Neutralidad Permanente del Canal y al Funcionamiento del Canal de Panamá, se expresa que mientras los Estados Unidos de América tengan la responsabilidad por el funcionamiento del Canal, podrán continuar otorgando a la República de Colombia, libre de peajes, el tránsito por el Canal, de sus tropas, naves y materiales de guerra.

Posteriormente la República de Panamá podrá otorgar a las Repúblicas de Colombia y Costa Rica el derecho de tránsito libre de peajes;

Han resuelto celebrar el siguiente Tratado y al efecto han designado como sus Plenipotenciarios, a saber:
.....
Quienes han convenido lo siguiente:

Artículo I

A partir del mediodía, hora de Panamá, del 31 de diciembre de 1999, la República de Panamá otorgará a la República de Colombia, los siguientes beneficios:

......

Artículo III

El presente Tratado entrará en vigor en la fecha del canje de los respectivos Instrumentos de Ratificación, el cual se efectuará en la ciudad de Panamá.

Artículo IV

Este Tratado se firma en dos ejemplares cuyos textos serán igualmente auténticos y harán fe. Hecho en la ciudad de Montería, a los veintidós días del mes de agosto de mil novecientos setenta y nueve.


Después de todo esto, ¿se considerará una exageración calificar al general Omar Torrijos Herrera como el más infame de los traidores y el más corrupto de los demagogos en la difícil y larga historia de la Patria panameña?

FERMÍN AZCÁRATE
Noviembre, 1999

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